Ayer se aprobó el Proyecto de Ley 2088-2012, «Ley de Acogimiento Familiar», de autoría de la congresista Aurelia Tan de Inafuko.
La Ley de Acogimiento Familiar es una medida de protección temporal que se aplica a los niños, niñas y adolescentes que se encuentran en situación de abandono o desprotección familiar, con la finalidad de ser integrados a su familia extensa o a una familia no consanguínea previamente evaluada o seleccionada.
Esta ley es aplicable para los niños, niñas y adolescentes que se encuentren dentro de un proceso de investigación tutelar hasta antes de declararse judicialmente el estado de abandono o cuando se encuentran institucionalizados en un hogar público o privado. Sólo por excepción un niño, niña y adolescente declarados en abandono podría aplicarse la medida del acogimiento, previa opinión favorable de la Dirección General de Adopciones.
El objetivo de la ley es que los niños, niñas y adolescentes que no puedan vivir con sus padres, lo hagan de manera excepcional y temporal con un núcleo familiar que les permita la restitución, el disfrute, el goce y ejercicio de su derecho a vivir en una familia y les provea los cuidados necesarios para su desarrollo, promoviendo la reinserción familiar siempre que sea favorable a su interés superior.
Los padres biológicos, los parientes o terceros podrán solicitar directamente a la autoridad competente el acogimiento familiar, en los casos en que los niños, niñas y adolescentes se encuentran en situación de desprotección familiar o riesgo, por la amenaza o violación de sus derechos o cuando los progenitores no puedan cumplir con sus obligaciones parentales por circunstancias graves o excepcionales.
Para evitar la institucionalización se propone que los parientes o terceros puedan solicitar directamente el acogimiento familiar al juez o al MIMP por la amenaza o violación de los derechos de los niños. Cuando se refiere a las circunstancias excepcionales pueden estar las razones de enfermedad física o mental grave.
La falta de recursos materiales de los padres no autoriza el inicio de una investigación tutelar ni el desapego de su familia nuclear o extensa.
En su alocución ante el pleno, la congresista Tan de Inafuko dijo tener un especial compromiso con los niños, niñas y adolescentes, pero sobre todo con aquellos que se encuentran abandonados y en situación de riesgo que a diario se ven en las calles. «Es por ello que, sabiendo del programa de acogimiento familiar del Inabif y Buckner Perú, me propuse presentar el proyecto de Ley Acogimiento Familiar para ayudar a estos menores que por causas como el abandono material y/o moral por parte de su núcleo familiar, la fuga del hogar, el extravío, entre otros, no se encuentren viviendo con sus padres o familiares; y porque considero que el estado en su rol subsidiario tiene que cumplir con la obligación del fortalecimiento y apoyo a las familias o disponer los mecanismos que hagan posible el derecho de todo niño, niña y adolescente a vivir en una familia».
Al concluir su alocución la congresista hizo un llamado a sus colegas parlamentarios: «Estimados colegas, a través de la presidencia invoco a ustedes a sensibilizarse por estos miles de niños que tienen la esperanza de vivir en el seno de una familia y que está en sus manos el poder dársela».
El proyecto de ley fue aprobado por unanimidad con 83 votos a favor, ninguna abstención y ningún voto en contra.