El fallo que reduce la pena al grupo Colina no facilita un eventual indulto al expresidente Alberto Fujimori ni afecta la sentencia de 25 años que se le impuso en el caso Barrios Altos, La Cantuta y sótanos del SIE, afirmó hoy el fiscal de la Nación, José Peláez Bardales.
“¿Se le podría hacer más fácil la posibilidad del indulto al quitársele el tema de lesa humanidad? El delito de homicidio agravado (que se le aplicó) también tiene impedimento para el indulto, con la legislación vigente no podría”, dijo a Ideeleradio.
Desestimó el planteamiento de la defensa de Fujimori, de que no se puede sancionar a alguien por autoría mediata, si es que en otro fallo se menciona que –supuestamente– no hubo una acusación por asociación ilícita y que no se configura delito de lesa humanidad.
Explicó que la consideración que tuvo la Sala que sentenció a Alberto Fujimori para encuadrar el hecho dentro del delito de lesa humanidad no contribuyó a aumentar la pena de 25 años que se le impuso.
Agregó que tampoco se refirió a asociación ilícita para delinquir, y que se mencionó autoría mediata por dominio del hecho a través de un aparato de poder, que era el destacamento Colina y toda la organización que venía desde la cúspide del poder.
Recordó que el Ministerio Público pidió 30 años y que como los hechos se habían configurado entre 1992 y 1993, la pena que decidió aplicar el tribunal que presidió el magistrado César San Martín fue de 25 años por el delito de homicidio agravado.
Peláez Bardales indicó que el fallo de la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema que preside Javier Villa Stein, contiene errores y concepciones equivocadas.