Mañana, miércoles 20, la Primera Sala Civil de la Corte Superior de Lima realizará una audiencia a fin de evaluar el pedido de la British American Tobacco (BAT) para que se vuelvan a lanzar al mercado paquetes de cigarrillos con menos de diez unidades.
La tabacalera presentó una demanda contra el artículo 11, inciso 5, de la Ley 29517, que prohíbe vender cajetillas de cigarrillos con menos de 10 unidades, alegando que ello atenta contra la libre empresa.
Según explicó Carlos Farías, presidente de la Comisión Nacional Permanente de Lucha Antitabáquica (Colat), un tribunal judicial ya se pronunció señalando que el pedido no tenía valor, pero la tabacalera insistió presentando una apelación, la cual será vista mañana.
Agregó que en la audiencia, prevista para las 09:00 horas, estarán presentes los representantes legales de la tabacalera, así como también los procuradores del Ministerio de Salud y del Congreso de la República, institución que dio la Ley 29517.
\"Ellos dieron la ley, pero nosotros también estaremos presentes en la audiencia, porque como Colat apoyamos al Congreso con informaciones técnicas y legales. Colat es, por la misma ley, uno de los vigilantes de su cumplimiento\", refirió.
Farías indicó que BAT pretende volver a lanzar al mercado paquetes de cinco unidades, a fin de que sean más accesibles a la población adolescente, sin reconocer que cada año 300,000 jóvenes y adolescentes peruanos se inician en el consumo de tabaco.
Indicó que no hay ningún país en Latinoamérica que venda cajetillas de cigarrillos con menos de 10 unidades y que incluso en Chile, donde opera BAT, la venta mínima son cajetillas de 20 unidades.
De acuerdo con Colat, el consumo de cigarrillos se encuentra entre los cinco principales factores de riesgo de mortalidad, pese a ser la causa de muerte más prevenible.
Perú es signatario de un convenio marco según el cual “cada parte procurará prohibir la venta de cigarrillos sueltos o en paquetes pequeños, que vuelvan más asequibles esos productos a los menores de edad”.
Añade que la defensa de la “Ley de ambientes 100 % libres de humo de tabaco” no es una medida jurídica moralista, sino que actúa en defensa de la salud de la población. \"No pretende eliminar el consumo de tabaco ni interferir en la decisión de los adultos de fumar\".